¿Cuáles son los tipos de sociedades mercantiles en México?

La creación de sociedades mercantiles en México responde a una serie de criterios establecidos por la ley correspondiente. Precisamente, para cada crearlas, los socios deben cumplir con condiciones y requisitos que permitan no solo la constitución de la sociedad, sino también su sostenimiento. Este texto aborda todo lo relativo a los tipos de sociedades mercantiles en México

¿Qué son las sociedades mercantiles en México? 

Las sociedades mercantiles son entidades jurídicas creadas de manera voluntaria para llevar a cabo actividades comerciales con fines de lucro. En lo que respecta al ámbito jurídico mexicano, están reguladas por la Ley General de Sociedades Mercantiles (LSGM) y se reconocen como personas morales, es decir, distintas a sus socios y con patrimonio propio. Existen diferentes tipos de sociedades mercantiles en función de las responsabilidades de los socios y la estructura de la empresa. Entre los tipos de sociedades más comunes se encuentran la sociedad en nombre colectivo, la sociedad en comandita simple, la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad cooperativa. 

Ahora bien, la elección del tipo de sociedad mercantil depende de las necesidades del negocio y las preferencias de los socios en cuanto a la responsabilidad y el control de la empresa. Cada tipo de sociedad tiene requisitos específicos para su constitución, como la redacción de un contrato social, el registro en el Registro Público de Comercio (RPC) y el cumplimiento de las obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). La constitución de una sociedad mercantil en México es un proceso legal que implica diversas etapas y formalidades, por lo que es necesario contar con el asesoramiento adecuado para garantizar el cumplimiento de las normativas aplicables. 

¿Qué se necesita para constituir una sociedad mercantil? 

Para constituir una sociedad mercantil en México, es necesario elegir el tipo de sociedad adecuado, definir el capital social, redactar y firmar un acta constitutiva ante un notario público, obtener la autorización de uso de denominación o razón social de la Secretaría de Economía, inscribir la sociedad en el Registro Público de Comercio y cumplir con las obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Cada tipo de sociedad tiene requisitos específicos, por lo que es fundamental contar con asesoría legal. Además, se deben considerar los siguientes datos básicos: 

  • Nombres, nacionalidad y domicilio (personas físicas y jurídicas) 

  • Objeto de la sociedad 

  • Razón social o denominación 

  • Duración, incluso indefinida 

  • Importe del capital social 

Tipos de sociedades mercantiles 

Sociedad en nombre colectivo 

Siguiendo el cap. II, Art. 25 de la LGSM, la sociedad en nombre colectivo es un tipo de sociedad mercantil en la que todos los socios tienen responsabilidad subsidiaria ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales. La administración de la sociedad corresponde a los socios, quienes están obligados al pago de sus aportaciones; asimismo, es subsidiario y solidario en tantos todos los socios son responsables de los demás de manera ilimitada. Entre los tipos de socios, se encuentran los socios capitalistas (aportación de dinero) y socios industriales (aportación de trabajo con sueldo). 

Ahora bien, se puede considerar las siguientes modalidades de sociedad en nombre colectivo: 

  • Sociedad en nombre colectivo de capital variable 

  • Sociedad en nombre colectivo de responsabilidad limitada 

  • Sociedad en nombre colectivo de responsabilidad limitada de capital variable 

Sociedad en comandita simple 

La sociedad en comandita simple se compone de dos tipos de socios: colectivos, con responsabilidad subsidiaria ilimitada y solidaria, y comanditarios, cuya responsabilidad se limita al pago de sus aportaciones. La administración de la sociedad recae en los socios colectivos. Para elaborar el nombre de la sociedad, se consideran los nombres de los comanditados seguido de “y compañía”. 

Sociedad de responsabilidad limitada 

En este tipo de sociedad mercantil, los socios tienen responsabilidad limitada con respecto al monto de sus aportaciones, es decir, que no asumen responsabilidades con el patrimonio individual, sino con el que se ha conformado para la empresa. Con respecto a las responsabilidades de los socios, estas se limitan al porcentaje de su parte social. Además, para constituirla, se requiere al menos dos personas y como máximo 50. 

  • Asamblea de socios (reparto de utilidades, nombramiento de gerentes y consejo de vigilancia, toma de decisiones sobre nuevos socios y disoluciones) 

  • Gerentes (representantes legales de la sociedad) 

  • Consejo de vigilancia (fiscalización de la gerencia y estados financieros) 

Sociedad anónima 

La sociedad anónima es un tipo de sociedad mercantil en el que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus acciones. Para constituir una sociedad anónima, se requiere cumplir con el art. 9 del capítulo V de la LGSM, el cual indica que haya como mínimo dos socios, que el contrato incluya en monto mínimo del capital social, que se exhiba dinero en efectivo y que se exhiba el valor de cada acción. Hay, por su parte, dos tipos de sociedad anónima: 

  • Sociedad anónima abierta (S.A.A.). Sus acciones se ofrecen al público en general para buscar financiamiento. 

  • Sociedad anónima cerrada (S.A.C.). Con un número determinado de accionistas, la obtención del capital es privada. 

Sociedad en comandita por acciones 

La sociedad en comandita por acciones es similar a la sociedad en comandita simple, pero con acciones en lugar de participaciones. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada, mientras que los comanditarios tienen responsabilidad limitada al monto de sus acciones. Por su parte, el capital con el que se constituye la sociedad no se puede ceder sin el consentimiento de todos los socios y está divido en acciones. 

Sociedad cooperativa 

La sociedad cooperativa es un tipo de sociedad mercantil en la que los socios se unen para satisfacer necesidades comunes y obtener beneficios económicos y sociales. Estas sociedades están reguladas por la Ley General de Sociedades Cooperativas y su constitución se realiza mediante una asamblea constitutiva y la inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas. Las sociedades cooperativas pueden ser de producción, de consumo o de servicios, y la responsabilidad de los socios puede ser limitada o ilimitada, según lo establecido en sus estatutos.

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